martes, 8 de febrero de 2022

EL PROPÓSITO DE UNA EMPRESA. VALORES, CULTURA, VISIÓN, MISIÓN Y ESTRATEGIA

 

EL PROPÓSITO DE UNA EMPRESA

Las empresas sin propósito se asemejan a zombies económicos

            Si su empresa quiere que tenga unos pilares fuertes y que sea rentable, le                             aconsejamos la lectura de este artículo.


Fuente: Brand New Purpose

           

Lo primero que debemos preguntarnos al emprender un proyecto empresarial es: ¿ qué    VALORES básicos va a tener mi proyecto, mi organización? Los valores son el “pegamento” de la organización y es lo más difícil de copiar por otros y lo que nos aporta una diferencia. Esos valores     aportan credibilidad y confianza a clientes y empleados.

            Porque el desarrollo y vivencia de esos Valores por un grupo humano crea la CULTURA de la empresa o la FILOSOFÍA DE EMPRESA:  lo aprendido, la manera en que todo lo vivido ha sido asimilado por cuantos han participado en el proceso, especialmente por el equipo humano, y el sumatorio de características que le son propias y la hacen única y diferente.

            VALORES y CULTURA te permiten diferenciar a tu empresa del resto. Sin tener esto claro, nuestra organización vivirá como un zombie económico, sin saber ni dónde está, ni para qué se ha creado y haciendo siempre lo que hacen el resto de zombies: acudir juntos a la mismas presas. Esto supone que luchamos contra nosotros mismos y con otros similares por las mismas presas.

            Una vez que tenemos bien definidos VALORES y CULTURA de la empresa, lo siguiente es lago más visible para terceros: la VISIÓN de empresa. El entorno económico y social, la situación geográfica, los datos económicos del entorno, … nos ayudan a “plantarnos” en un territorio ,sector y mercado o en varios: con esto tenemos la VISIÓN.

            Lo siguiente menos etéreo que la VISIÓN ( que es un conjunto de intenciones) y que nos hace fijar la VISIÓN a la realidad es la MISIÓN: metas concretas y objetivos a los que se puede poner nombre e incluso fecha.


Y llegamos, finalmente, a la última capa, la externa, la que conecta nuestra organización con el exterior, nos hace más visibles a terceros, especialmente a clientes: el PROPÓSITO. El Propósito, por definición, es aquello que concreta de forma explícita la razón de ser de tu organización; el porqué de su existencia. ¿De qué manera contribuye mi empresa a mejorar la vida de las personas?

           

La Misión tiene que ver con el negocio, es estratégica, motivacional, proporciona foco y construye compañía. El Propósito evoca sueños y retos compartidos, es cultural, aspiracional, alimenta la pasión y construye comunidad.

           

    Si Propósito es la razón de ser de una marca, Autenticidad es la forma en que la marca expresa y comparte ese Propósito. Y cuando hablamos de Autenticidad en el ámbito de las empresas y organizaciones, de lo que hablamos es de honestidad, compromiso, generosidad y transparencia respecto del Propósito. Mucho cuidado porque el Propósito muchas veces no está escrito, pero es percibido claramente por los clientes. Ejemplos claros son Apple, Coca Cola, Harley Davison, Inditex-Zara o El Corte Inglés.

 


    El Propósito es la intersección entre la Misión y la Visión (fuente: The Boston Consulting Group)

 

El Propósito  transmite valores, principios y convicciones que la hacen relevante y atraen talento. Facilita alianzas con quienes piensan y actúan de forma similar aún cuando se trate de Propósitos diferentes, ya sean otras corporaciones, empresas, marcas o personas. Proporciona claridad de ideas, y con ella agilidad y eficiencia en la toma de decisiones. Y no tiene coste explícito.

Aconsejamos, la lectura de las fuentes y libros que aportamos para una profunda asimilación de estos conceptos.

Fuentes:     

             EL ESPAÑOL: https://www.elespanol.com/enclave-ods/historias/20220202/proposito-capas-    necesita-empresa-autentica/646935390_0.html

                      Elaboración propia.

 

Libros recomendados:

EMPIEZA POR EL PORQUÉ, Simon Sinek

ESTRATEGIA COMPETITIVA, VENTAJA COMPETITIVA y SER COMPETITIVO, los tres Libros de Michael E. Porter

DISEÑANDO LA PROPUESTA DE VALOR: CÓMO CREAR LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS QUE TUS CLIENTES ESTÁN ESPERANDO, Ed. Deusto, varios Autores.

 

 



sábado, 8 de mayo de 2021

EL ENGAÑOSO EFECTO DEL IVA REPERCURTIDO A CLIENTES EN LA GESTIÓN DE TESORERÍA

 


Seguimos con este segundo post relativo al IVA, sobre todo al IVA repercutido. No considerar en las previsiones de tesorería que el IVA Repercutido, a priori, no es nuestro y habrá que tener en cuenta su ingreso a hacienda es muy peligroso. Más aún si presentamos el Mod 303 trimestralmente.

Si no somos cautos y vamos obteniendo una previsión de ingresos de IVA acumulados ( restando al repercutido el IVA soportado) mensualmente, para saber el importe que debemos ingresar a hacienda, podemos tener tensiones de liquidez a la hora de ingresar el IVA del correspondiente trimestre.

Por tal motivo, aconsejamos elaborar una hoja excel con las cuotas de IVA REPERCUTIDAS y SOPORTADAS y el saldo acumulado a favor de Hacienda. este importe deberá pasarse al presupuesto de tesorería y considerarlo como "no disponible".

Es esencial que no consideremos todos los cobros de clientes y la tesorería como disponibles. Debe restarse como obligación de pago a los cobros y tesorería disponible el importe que vayamos obteniendo por saldo de IVA a favor de Hacienda.

Así que ténganlo en cuenta: todos los cobros nos son cobros o liquidez libre. Parte de esos cobros deberemos devolverlos a Hacienda por el juego del IVA ( Repercutido- Soportado). 

Esto es clave en negocios con mucho valor añadido, que repercuten mucho IVA y apenas tienen IVA soportado ( servicios con alto valor añadido aportado por las personas: abogados, consultores, empresas de consultoría  informática, empresas de ingeniería, ...).

Espero que este artículo les sirva para la gestión práctica de su tesorería y evite situaciones de tensiones de liquidez con Hacienda.

EL IVA REPERCUTIDO VERSUS EL IVA SOPORTADO: OBLIGACIÓN VERSUS DERECHO

 


En esta nueva entrada vamos a explicar la diferencia entre el IVA Repercutido y el IVA soportado a los efectos de un empresario o profesional obligado a presentar Mod 303 de IVA.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto al consumo de bienes y servicios que realmente paga el consumidor final. El empresario o profesional a efectos de IVA hace recaudador de Hacienda.

El IVA debe ser "neutral" para los negocios: no debe ser una carga para los actores de los negocios. No debe ser un coste para quién está obligado a repercutirlo. Esa "neutralidad" para el empresario o profesional es la esencia de la VI Directiva de la UE y Reglamentos relativos al IVA, así como de la Ley de IVA española ( aunque esta última a veces no es tan neutral, más si las autoridades fiscales niegan la deducción).

La neutralidad se manifiesta en que:

* El IVA repercutido es una OBLIGACIÓN.

* El IVA soportado es un DERECHO.

Teniendo claro lo anterior, un empresario o profesional, a no ser que sus bienes o servicios estén exentos de IVA, deberá siempre REPERCUTIR IVA al cliente e INGRESAR ese IVA. Por defecto, la cuota de iva repercutido cobrada el cliente es de Hacienda. esto hay que tenerlo muy claro. 

Ahora bien, no sería neutral ese IVA si el empresario o profesional no tuviese derecho a deducir el IVA que paga a sus proveedores o acreedores. Mediante el DERECHO A LA DEDUCCIÓN del IVA soportado se cumple plenamente la neutralidad de la IVA. De la cuota de IVA Repercutido que a priori debe ingresar a hacienda, restará las cuotas de IVA Soportado si tiene derecho a sus deducción, por ser cuotas soportadas en su actividad empresarial o profesional. 

Y debemos recordar que la deducción del IVA Soportado es UN DERECHO: puede ejercitarse o no y tenemos 4 años desde que se podía ejercitar el derecho para hacerlo. 

En cambio, las cuotas repercutidas son una obligación y deben ingresarse cuando se devengan, no hay un plazo de 4 años, al no ser un derecho y ser una obligación.

Con los anteriores conceptos más claros, debemos tener muy en cuenta a la hora de gestionar la tesorería que las cuotas repercutidas y cobradas a los clientes de IVA  a priori deben ingresarse a Hacienda. No son nuestras. Y otra cosa es que de esas cuotas podemos deducir las cuotas de IVA Soportado.

Veremos en un próximo post el efecto engañoso que puede producir en tesorería el considerar todos los importes cobrados a clientes -iva incluido- como ingresos de tesorería.


miércoles, 3 de febrero de 2021

LAS RETENCIONES PRACTICADAS EN NÓMINAS Y FACTURAS. CLAVES PARA ENTENDERLAS Y GESTIONARLAS

 


Vamos a explicar el concepto de retención practicada en nómina o en factura de un autónomo. El ciudadano medio no está acostumbrado a manejarse con este concepto y suele tener una percepción no muy clara de lo que significa. 

Debemos comenzar indicando que la practica de estas retenciones es OBLIGATORIA, lo exige la legislación tributaria. Y no practicarlas y realizar su ingreso en el Mod 111 supone arriesgarse a soportar una alta sanción, dado que se considera grave no ingresar y declarar posteriormente esa retención practicada en los Modelos 111 y 190.  

El obligado a practicar este tipo de retenciones es el PAGADOR de la renta. Significa que el pagador debe detraer ( restar) del pago de la renta que le correspondería a un trabajador o autónomo un porcentaje sobre tal renta, que se fija en la legislación de IRPF ( Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). 

Lo que implica que ese pagador, en nombre del perceptor de la renta, debe ingresar el porcentaje indicado a la AEAT  (Hacienda). Lo que significa que de la renta que e correspondería, le pagará el total menos esa retención que ingresa en su nombre en la AEAT. Ejemplo:

- Si en nómina le corresponde un salario mensual de 1.000,00 Eur y el tipo de retención aplicable es el 12 %, al trabajador le pagará 1.000- 12 % s/ 1.000 = 1.000- 120 = 880 Eur y los restantes 120 Eur se los ingresará a la AEAT.

- Si un abogado nos pasa unos honorarios de 2.000,00 Eur brutos, la retención correspondiente es del 15 % y le pagaremos 2.000,00 - 15 % s/ 2.000 = 300,00 = 1.700,00 e ingresaremos a la AEAT en su nombre 300,00 Eur. 

Esto significa qué realmente el perceptor de la renta está adelantando dinero a la AEAT de su futura declaración de la renta. Los importes de retención que le han practicado son pagos adelantados a la AEAT. Por eso, cuando presente su declaración de IRPF/Renta, se los descontará del importe a pagar: ya los ha adelantado.

A TENER EN CUENTA:

  1. Al pagador NO LE SUPONE MAYOR COSTE O SALIDA DE LIQUIDEZ: en vez de pagar al perceptor, paga ese importe a la AEAT en nombre del perceptor. Actúa como un recaudador de la AEAT. Es más, financieramente le va mejor porque ese importe lo pagará con el Mod 111 que se presentará o bien al mes siguiente, el día 20, si es gran empresa o bien el día 20 posterior a la finalización del trimestre correspondiente y sin embargo al perceptor se lo debería pagar con la nómina o con la factura.

jueves, 21 de enero de 2021

CONTROL DE TESORERÍA. FIJAR UN DÍA DE PAGO


    Un tema esencial en todo negocio o empresa es el control de la tesorería y, especialmente, el control de pagos.

    Para facilitar el control de pagos, una herramienta fundamental es fijar un día de pago al mes. ¿ Por qué?. Veamos algunas ventajas:

  1. Se ganan 15 días de financiación gratuitos ( si fijásemos dos días de pago serían 7,5 días). Esto se produce por la ley de los grandes números, si realizamos, como suele ocurrir, compras y consumos continuos.
  2. Se tiene más controlada la tesorería y la previsión de pagos.
  3. Tenemos marcado ese día como día clave, por lo que tenemos más margen para ajustar la liquidez.
  4. Sólo nos quedarán en otras fecha de pago los cargos de alquileres y similares ( consumos de agua, teléfono, etc).


 ¿ Y qué día fijamos del mes?. Aconsejo fijar el día 20. ¿ Por qué ?. Veamos el razonamiento:

  1. El día 20 se suelen pagar los impuestos, ya sea obligación mensual o trimestral.
  2. Tenemos 10 días hasta el día 30/31 para pago de nóminas.
  3. Tenemos 20 días desde inicio de mes para planificarnos.
  4. Todos los meses del año tienen día 20 ( no pasa así con día 30, por ejemplo: Febrero).
Alguien me podría decir que por qué no el 30 o el 1 de cada mes. Bueno, eso ya depende de cada empresa. También serían válidos, pero Febrero tiene como mucho 29 días, por ejemplo.

¿ Y cómo lo hacemos?. Comunicando a los proveedores y acreedores que a partir del comunicado que enviemos se fija un día de pago fijo al mes, por lo que tanto para recibos domiciliados como para transferencias y otros medios de pago se realizará ese día. Evidentemente quedarán fuera sin posibilidad de aplicarlo, como ya hemos adelantado, los pagos de alquileres, consumos ( agua, luz, teléfonos, ...) pero tendremos controlados el resto de proveedores y acreedores.

Es una medida sin coste que ahorra costes administrativos y financieros y que merece implantarse sin dilación.

Espero que sea de aplicación práctica y que lo ejecuten a la mayor brevedad. Hasta la próxima entrada.

miércoles, 20 de enero de 2021

Presentación



Esta es la primera entrada de un blog que pretende ser un lugar de encuentro para la gestión de empresas, especialmente de PYMES. 

 Se pretende ofrecer información útil para el control de gestión de empresas  - contabilidad financiera, contabilidad de gestión, herramientas de control-, sobre el aprovechamiento e impacto de nuevas tecnologías -ERP´s, BI, Inteligencia artificial-  y sobre cumplimiento normativo, relacionado con impuestos, personal   - contratación, seguridad social, legalidad de las relaciones de trabajo- , protección de datos y mercantil.

La rendición de cuentas, que la podemos asimilar al control de gestión, es muy antigua. El blog se titula precisamente Las Cuentas de El Gran Capitán porque, a pesar del mito sobre la frase atribuida a  D. Gonzalo Fernández de Córdoba, se conserva en el Archivo General de Simancas una detallada lista de gastos redactada por el Gran Capitán sobre sus campañas en Italia. La foto de cabecera de este Blog es precisamente de ese documento. 

El documento es detallado y meticuloso, lo que podría demostrar que la frase Las Cuentas de El Gran Capitán se siga aplicando todavía hoy a la meticulosidad en el lenguaje popular, en uno de sus sentidos. 

Pero hay otra interpretación. Por la famosa frase, no probada hasta la fecha, atribuida a D. Gonzalo y que envió a Fernando El Católico, el término "las cuentas de El Gran Capitán" se aplica también para calificar de exagerada o nada clara  una relación de gastos, o incluso a un listado de cualquier tipo o para ridiculizar una rendición de cuentas poco fiable. La famosa frase es la siguiente:

«Por picos, palas y azadones, cien millones de ducados; por limosnas para que frailes y monjas rezasen por los españoles, ciento cincuenta mil ducados; por guantes perfumados para que los soldados no oliesen el hedor de la batalla, doscientos millones de ducados; por reponer las campanas averiadas a causa del continuo repicar a victoria, ciento setenta mil ducados; y, finalmente, por la paciencia de tener que descender a estas pequeñeces del rey a quien he regalado un reino, cien millones de ducados»

En este Blog queremos honrar a uno de los mayores héroes de la historia española con la primera acepción, la de la meticulosidad en sus informes. Hecho además probado con el documento que hemos mencionado y que sí es historia y no una mera leyenda, como la famosa frase.

Esperemos que lectores y suscriptores aprovechen con lo que se vaya publicando en su día a día. Ese es el objetivo del Blog. 

¡¡¡ Iniciamos el mismo en Enero de 2021 !!!

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